Modificaciones relevantes en los requisitos de las empresas instaladoras en el reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gases de acuerdo con el RD 298/2021

Entre las modificaciones detectadas, destacamos las que tienen un impacto más relevante sobre las empresas instaladoras:

Vinculamos comunicados de fegicat, donde, entre las modificaciones detectadas, destacan las que tienen un impacto más relevante sobre las empresas instaladoras.

  1. Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gases (RD 919/2006) (Circular 47/2021)
    ​Modificación ITC-ICG-09, artículo 2 – habilitaciones profesionales.
  2. Reglamento electrotécnico de baja tensión (REBT) (Circular 48/2021)
    ​Modificación del artículo 2, apartado b) del REBT – aplicación del REBT.
    Modificación ITC-BT-03, apartado 4 – Habilitaciones profesionales.
    Modificación ITC-BT-03, apéndice i – Medios humanos.
  3. Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (RIPCI) (Circular 49/2021)
    ​artículo 10.1. – Responsabilidad Civil.
  4. Reglamento de seguridad de instalaciones frigoríficas (RSIF) (Circular 50/2021)
    Modificación del artículo 12.1 – Medios humanos.

Estas modificaciones entrarán en vigor a partir del 1 de julio de 2021 y las empresas instaladoras tienen hasta el 1 de julio de 2022 para adaptarse a las condiciones y requisitos establecidos en el rd 298/2021.

Adjuntamos la presentación informativa que confeccionó y presentó la ingeniería del gremio gabinete de ingeniería jm2b, en la jornada que realizamos el pasado 14 de junio hacia los principales cambios que afectan al RITE ( reglamento de instalaciones térmicas en edificios) cambios que tendrá que tener en cuenta, tanto a la hora de hacer un presupuesto como a la hora de hacer una instalación y su mantenimiento, y que entran en vigor el próximo 1 de julio de 2021. ( también lo encontrará en nuestra web www.gibaix.com )

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